Extensión y cambios en régimen de subsidio por desempleo parcial.

Se extiende hasta el 31 de Marzo de 2022 el régimen especial de subsidio por desempleo.

Es aplicable para los trabajadores dependientes pertenecientes a los siguientes grupos de actividad:

  • Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco.
  • Comercio en general.
  • Hoteles, restaurantes y bares.
  • Transporte y almacenamiento.
  • Servicios de enseñanza.
  • Servicios culturales, de esparcimiento y comunicaciones.
  • Servicios profesionales, técnicos, especializados y aquellos no incluidos en otros grupos.
  • Entidades gremiales, sociales y deportivas.

Las solicitudes que se amparen en este régimen especial se presentarán ante el BPS en el mes previo al que dé origen a la correspondiente cobertura.

Otros grupos de actividad no comprendidos en los mencionados anteriormente, pueden presentar sus solicitudes de amparo a este régimen especial ante el MTSS debidamente fundadas, acreditando haber sido especialmente afectados como consecuencia de la emergencia sanitaria determinada por el Decreto 93/020, pudiendo dicho Ministerio incluirlas en forma excepcional o denegar las solicitudes.