Se habilitó ingreso al país de extranjeros propietarios de participaciones e inmuebles en Uruguay

A partir del pasado 1º de setiembre de 2021 se agregó a la nómina de personas habilitadas para el ingreso al país, a los ciudadanos extranjeros propietarios y titulares de participaciones sociales o acciones de personas jurídicas y los beneficiarios finales de bienes inmuebles ubicados en el país. Podrán ingresar acompañados de su cónyuge o concubino y familiares de primer y segundo grado de consanguinidad.

Todas las personas con documento extranjero deben realizar la Autorización de ingreso  previamente y contar con la solicitud aprobada al momento de ingresar a la frontera.

Requisitos previos al ingreso:

  • Completar el “Formulario de Declaración Jurada” que se encuentra en: https://www.gub.uy/tramites/autorizacion-ingreso-uruguay  o acreditar la citada condición mediante Certificación notarial expedida por Escribano Público habilitado en la República Oriental del Uruguay o declaración jurada.
  • Acreditar haber recibido la única dosis o las dos dosis, según corresponda al tipo de vacuna suministrada, contra el virus SARS CoV-2 aprobadas por su país de origen, dentro de los últimos seis meses previos al embarque o arribo al país y cumplido los plazos de espera respectivos para lograr la inmunidad efectiva.

Aquellos grupos familiares que ingresen al país con menores de 18 años que no cuenten con las correspondientes dosis de vacunas, una vez en el país deberán realizar el debido aislamiento conjuntamente con su familia.

Gestión del trámite de ingreso al país

El trámite de solicitud de ingreso al país se realizará únicamente a través de internet: https://www.gub.uy/ministerio-turismo/comunicacion/noticias/instructivo-para-ingreso-propietarios-prominentes-compradores-republica

Una vez autorizado el ingreso, la persona solicitante recibirá un correo electrónico con el enlace para completar el trámite. En este paso se informa el estado de salud del viajero y se debe adjuntar el resultado del hisopado.

Dicho grupo familiar deberá luego de recibida su autorización, ingresar al territorio en forma conjunta en un único acto.

Únicamente se podrá ingresar al país una vez notificada la autorización vía mail, teniendo la misma un plazo de vigencia de 60 días.

Se debe portar la toda la documentación necesaria que acredite los extremos declarados, la que podrá ser requerida por las autoridades uruguayas en cualquier momento

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Más detalles en: https://www.gub.uy/ingresa-uruguay-durante-emergencia-sanitaria

Antes de partir para Uruguay verifica las condiciones de ingreso del momento.